jueves, 20 de noviembre de 2014

ASIGNACIÓN PENITENCIARIA QUEDA A PUNTO DE SER LEY, MINISTRO DE JUSTICIA LOGRA TRAMITACIÓN RECORD EN EL SENADO. PROYECTO ES DESPACHADO A LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA PARA SU ÚLTIMO TRAMITE.

El día miércoles 19 de noviembre  y por votación de 27 a favor y ninguno en contra, el Senado de la República aprueba en sala en particular y general el proyecto que establece el bono de la Asignación Penitenciaria, quedando así en condición de ser promulgado por la Presidenta de la República.   

Importante es recordar que el proyecto original tenía un desarrollo de cuatro años, siendo esta su principal falencia. En este sentido fue el Gobierno de la Presidenta Bachelett quien recogió las propuestas de los trabajares de Gendarmería de Chile, representado por sus organizaciones que permitió disminuir su desarrollo a prácticamente dos meses, siendo el primero Diciembre de 2014, en donde se pagará un porcentaje del bono y a contar de enero de 2015(en adelante) el 100% del bono.  De igual forma subrayar que el 100% del bono se pagará mensualmente  y en forma permanente mientras el funcionario este en servicio activo, no siendo imponible, por ende no computándose para la jubilación.

Importante es destacar la celeridad de la tramitación en la cámara alta del proyecto, así pieza fundamental en el logro a sido el Ministro José Antonio Gómez, quien ha logrado sintonizar los ritmos de desarrollo del proyecto, con las aspiraciones de los trabajadores penitenciarios representados por sus organizaciones. Pues bien la tramitación en el Senado  fue de menos de una semana y media, hito importante de destacar y reconocer, de igual forma manifestar el reconocimiento con el Senado de la República, representado por su Presidenta, la Senadora Isabel Allende, a quienes los Gendarmes manifiestan su  beneplácito.    

En la oportunidad, estuvieron en la sala el Ministro de Justicia José Antonio Gómez, quien manifestó que: “el Ministerio de Justicia señaló que el aporte significará 8.130 millones de pesos y contempla a todo el personal. En otro orden, aclaró que la asignación no es imponible pues fue propuesta en la administración anterior, "su costo es alto y la única forma de hacerlo imponible era con los mismos recursos, pero significaba un 20% del bono para cada miembro"…”.

Al respecto opinaron a los medios de comunicación de la cámara alta: “…el senador Lagos destacó que el proyecto "ve la luz" con el acuerdo de todas las asociaciones de funcionarios y las asignaciones fluctuarán entre el 5% y el 33%; asimismo, recordó que el texto legal inicialmente tenía una aplicación gradual de cuatro años, lo que fue reducido a dos…”(http://www.senado.cl/a-ley-asignacion-de-funcion-para-el-personal-de-gendarmeria-de-chile/prontus_senado/2014-11-19/170439.html)


Acto seguido los Honorables dijeron a los medios de prensa del senado que:

“…el senador García Huidobro indicó que el mensaje va "en el camino correcto y es de justicia para una función muy importante y delicada para el país" y detalló que la entrega del beneficio será diferenciada, según las plantas. No obstante, dejó constancia de que se requiere que estos beneficios sean imponibles, "para una mejor calidad de jubilación a futuro", precisó…”(http://www.senado.cl/a-ley-asignacion-de-funcion-para-el-personal-de-gendarmeria-de-chile/prontus_senado/2014-11-19/170439.html)

“…Por último, el Ministro de Justicia señaló que el aporte significará 8.130 millones de pesos y contempla a todo el personal. En otro orden, aclaró que la asignación no es imponible pues fue propuesta en la administración anterior, "su costo es alto y la única forma de hacerlo imponible era con los mismos recursos, pero significaba un 20% del bono para cada miembro"…”. (http://www.senado.cl/a-ley-asignacion-de-funcion-para-el-personal-de-gendarmeria-de-chile/prontus_senado/2014-11-19/170439.html)


¿QUE FALTA AHORA PARA QUE SE PAGUE EL BONO?

Para que el proyecto de ley sea ley y se ejecute su contenido -en este caso el pago del bono de asignación penitenciaria- la Presidenta de la República debe promulgar el proyecto, esto es firmarlo y posterior a ello debe ser publicado en el diario oficial para que sea conocido  por todo el país.

¿CUANTO  PLAZO TIENE PARA LA FIRMA Y PUBLICACIÓN?:

Se hace presente que aprobado el proyecto de ley por la Presidenta, ésta debe dictar un decreto, que se denomina decreto promulgatorio, dentro de un plazo de 10 días, en el cual se declara la existencia de la ley, dejando de ser un mero proyecto y se ordena sea cumplida.

Dentro de un plazo de cinco días hábiles desde que queda totalmente tramitado el decreto promulgatorio, el texto de la ley debe publicarse en el Diario Oficial y desde ese momento es obligatoria y se presume conocida por todos.










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