lunes, 1 de junio de 2015

PROYECTO DE DESTRABE DE ASCENSO CONSIDERA EFECTO RETROACTIVO PARA QUIENES CUMPLAN CON LOS TIEMPOS MÍNIMOS EN LOS GRADOS. EN TANTO QUIENES NO LOS CUMPLAN IGUAL ASCENDERÁN PERO A CONTAR DE LA FECHA DE LA RESOLUCIÓN.

Finalmente el texto legal en su artículo tercero transitorio ingresado al parlamento el jueves 28 de mayo del presente, terminó recogió la propuesta de los trabajadores penitenciarios permitiendo que  aquellos funcionarios que cumpla con los tiempos mínimos en los grados conforme lo establece la reglamentación  vigente -Art. Nro. 33-34 del DFL 1791-79 y el Articulo Único del DFL 2 del año 2010-, puedan acceder a los ascensos a contar de la fecha de generación de la vacante, y con ello teniendo acceso al pago del mismo con  efecto retroactivo.  Otra cosa es para aquellos funcionarios que a propósito de no cumplir los requisitos de los tiempos mínimos en el grado y por esto se les reduzcan los tiempos mínimos para poder ascender, los que igual gozaran del derecho de ascenso, pero a diferencia de los anterior, a contar de la tramitación de la respectiva resolución, y no a contar de la respectiva vacante.
PLANTA DE OFICIALES PENITENCIARIOS :



Grado 
Tiempo mínimo actual 
Disminución de tiempos mínimo 
Observación
Subteniente
4
3
Tiempos máximos
Teniente 2do.
4
3
Tiempos máximos
Teniente 1ro.
5
4
La disminución de los tiempos es sólo para los efectos de la presente ley y no es de carácter permanente y se aplica sólo en caso necesario.
 
Capitán
6
5
Mayor
6
5
Teniente Coronel 
5
4
Coronel
---------------
-------------
 
 

PLANTA DE SUBOFICIALES Y GENDARMES: 





Grado 
Tiempo mínimo actual 
(ascenso a contar de la vacante)
Disminución mínimo actual
(ascenso  cantar de la resolución)
Observación
Gendarme
3
2
Tiempos máximos
Gendarme 2do.
3
2
Tiempos máximos
Gendarme 1ro. 
3
2
La disminución de los tiempos es sólo para los efectos de la presente ley y no es de carácter permanente y se aplica sólo en caso necesario.
 
Cabo
3
2
Cabo 2do.
4
3
Cabo 1ro. 
4
3
Sargento 2do. 
4
3
Sargento 1ro. 
3
2
Sub-Oficial 
3
2
Subo-Oficial Mayor
-----------
---------------
 
 

Así el  texto propone al parlamento facultar a la Director Nacional de Gendarmería para poder disminuir en un año los tiempos mínimos a que se refieren los artículos 33 y 34 del decreto con fuerza de ley Nº 1.791, del Ministerio de Justicia, de 1979, y del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2010, (esto es los tiempos mínimos en cada grado de las plantas I Y II) del Ministerio de Justicia, con excepción de los tiempos exigidos en los cargos de Gendarme, Gendarme Segundo, Subteniente y Teniente Segundo, grados 26º, 24º, 16º y 14º, respectivamente.

En el mismo sentido, faculta al Director Nacional de Gendarmería de Chile para que pueda tramitar los ascensos de los funcionarios de los planta I y II, dentro del período comprendido entre la publicación de la ley y el 31 de diciembre de 2016, mediante resolución fundada, y existiendo vacantes, incluso cuando no cuenten los tiempos mínimos para ascender. Eso si hace presente que respetando estrictamente el orden del escalafón de antigüedad dentro del respectivo grado.

Ahora los ascensos se concederán en las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes, considerando la antigüedad en la institución, el orden de egreso de la Escuela de Formación y el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 2), 3) y 4) del artículo 26 de este Estatuto, esto es que exista vacante en el grado al cual ascender, que este calificado en lista N° 1 o n° 2; además de haber aprobado los cursos de perfeccionamiento y los exámenes habilitantes y cumplir con el requisito del tiempo mínimo en el grado. Sin perjuicio de aquello el texto faculta a la autoridad institucional para eximir de los tiempos mínimos en los grados en los casos que correspondiere.


viernes, 29 de mayo de 2015

BACHELLET DESPACHA AL PARLAMENTO EL PROYECTO DE LEY QUE PERMITIRÁ DESTRABAR EL SISTEMA DE ASCENSOS DE LOS GENDARMES. LA REDACCIÓN NO DEJA CLARO SI EL GOBIERNO RECOGIÓ LA PROPUESTA DE LOS TRABAJADORES SOBRE EL EFECTO RETROACTIVO.



Así es, finalmente y  conforme lo anunciado por la Ministra de Justicia Javiera Blanco,  el proyecto de ley que destrabará el sistema de ascensos de los gendarmes  fue firmado por la Presidente de la República dona Michell Bachellet y remitido a la Cámara de Diputados para su discusión con carácter de Suma Urgencia.  Lo anterior en conformidad además con lo señalado por el Ministro Secretario General de la Presidencia don Jorge Insunza quien la semana  pasada indicó que el proyecto tenía carácter de prioritario para el Gobierno.

El texto legal contemplaría en su propuesta al parlamento entregar la facultad al Director Nacional de Gendarmería de Chile para poder conceder los ascensos a los trabajadores penitenciarios con la sola existencia de las vacantes.  Para ello  modifica el Articulo 24 del DFL 1729, eliminando el requisito de los promedios de nota de la escuela de Gendarmería de Chile como elemento a considerar en el ascenso.
Su redacción permitiría conceder los ascensos  después de la total tramitación de las resoluciones, no dejando claro si el derecho tendrá carácter de retroactivo,  pues tampoco lo negaría. 

Ahora los ascensos se concederán en las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes, considerando la antigüedad en la institución, el orden de egreso de la Escuela de Formación y el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales 2), 3) y 4) del artículo 26 de este Estatuto, esto es que exista vacante en el grado al cual ascender, que este calificado en lista N° 1 o n° 2; además de haber aprobado los cursos de perfeccionamiento y los exámenes habilitantes y cumplir con el requisito del tiempo mínimo en el grado. Sin perjuicio de aquello el texto faculta a la autoridad institucional para eximir de los tiempos mínimos en los grados en los casos que correspondiere.

El texto faculta al Director Nacional de Gendarmería de Chile para que pueda tramitar los ascensos de los funcionarios de los planta I y II, dentro del período comprendido entre la publicación de la ley y el 31 de diciembre de 2016, mediante resolución fundada, y existiendo vacantes, incluso cuando no cuenten los tiempos mínimos para ascender. Eso si hace presente que respetando estrictamente el orden del escalafón de antigüedad dentro del respectivo grado.

En el mismo sentido el texto propondría al parlamento facultar al Director Nacional de Gendarmería para poder disminuir en un año los tiempos mínimos a que se refieren los artículos 33 y 34 del decreto con fuerza de ley Nº 1.791, del Ministerio de Justicia, de 1979, y del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2010, (esto es los tiempos mínimos en cada grado de las plantas I Y II) del Ministerio de Justicia, con excepción de los tiempos exigidos en los cargos de Gendarme, Gendarme Segundo, Subteniente y Teniente Segundo, grados 26º, 24º, 16º y 14º, respectivamente.

PLANTA DE OFICIALES PENITENCIARIOS :



Grado 
Tiempo mínimo actual 
Disminución de tiempos mínimo 
Observación
Subteniente
4
3
Tiempos máximos
Teniente 2do.
4
3
Tiempos máximos
Teniente 1ro.
5
4
La disminución de los tiempos es sólo para los efectos de la presente ley y no es de carácter permanente y se aplica sólo en caso necesario.
 
Capitán
6
5
Mayor
6
5
Teniente Coronel 
5
4
Coronel
---------------
-------------
 
 

PLANTA DE SUBOFICIALES Y GENDARMES: 


Grado 
Tiempo mínimo actual 
Disminución mínimo actual
Observación
Gendarme
3
2
Tiempos máximos
Gendarme 2do.
3
2
Tiempos máximos
Gendarme 1ro. 
3
2
La disminución de los tiempos es sólo para los efectos de la presente ley y no es de carácter permanente y se aplica sólo en caso necesario.
 
Cabo
3
2
Cabo 2do.
4
3
Cabo 1ro. 
4
3
Sargento 2do. 
4
3
Sargento 1ro. 
3
2
Sub-Oficial 
3
2
Subo-Oficial Mayor
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---------------
 
 
 
El texto además faculta a la  Presidenta de la República para que, dentro del plazo de un año desde la publicación del cuerpo legal, establezca, mediante uno o más decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Justicia, la dictación de  las normas relativas al sistema de promisión y ascenso de las plantas de Sub-oficiales y Gendarmes  y oficiales penitenciarios.  Se hace presente que este cuerpo legal, el DFL 2 de año 2010 establece el mérito como elemento determinante para el ascenso, por lo que la discusión parlamentaria también permitirá los espacios de diálogo para instalar las modificaciones a esta controvertida materia dictada en el Gobierno de la Administración Piñera.  
 
Finalmente el proyecto será financiado en su primer año de vigencia  con los recursos del presupuesto de Gendarmería de Chile, no obstante, el Ministerio de Hacienda con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, el que podrá suplementar dicho presupuesto.

Se hace presente que el proyecto ley puede sufrir modificaciones en su discusión.


PROYECTO DE LEY: 











   
 
 



martes, 26 de mayo de 2015

MINISTRA DE JUSTICIA SE REÚNE CON TRABAJADORES PENITENCIARIOS Y ANUNCIA INGRESÓ AL PARLAMENTO CON SUMA URGENCIA DE PROYECTO DE ASCENSOS Y HABRÉ LA PUERTA A DISCUTIR LOS POSTERGADOS TEMAS DE LA CARRERA FUNCIONARIA. ADEMÁS ACLARA QUE PROYECTO DE NUEVA INSTITUCIONALIDAD NO AVANZARÁ HASTA NO SER CONSENSUADO CON LOS TRABAJADORES.

A las 08.30 hrs. del día de hoy 26 de mayo del presente la nueva Ministra de
Justicia Javiera Blanco, se reunión con los trabajadores penitenciarios  representados por el directorio nacional de ANFUP.  En la importante cita se saludo protocolarmente a la nueva secretaria de la cartera de Justicia y se abordaron con franqueza los grandes y postergados temas de los trabajadores penitenciarios.

La cuestión de la carrera funcionaria es uno de los temas abordados  en la reunión, allí los trabajadores penitenciarios manifestaron a la Ministra Blanco  la eterna de cuestión de los estancamientos de ascensos y que han obligado a tramitar por tercera vez una ley para corregir las imperfecciones generadas por las fallas estructurales en el diseño del sistema.  En este sentido, la Ministra  Blanco ratificó  el compromiso de Gobierno de ingresar el cuerpo legal  el día miércoles 27 de mayo de esta semana, y como es prioridad para el Gobierno, será  la Presidenta de la República quien le asignará carácter de urgente a la tramitación legislativa que se iniciaría en la Cámara de Diputados.   En la acción los directivos nacionales reiteraron la sentida aspiración de los trabajadores beneficiados de que el proyecto de ley cuente con efecto retroactivo, esto es,  que se perciba el pago del beneficio a contar del cupo disponible.

En la ocasión  se manifestó a la Ministra la necesidad de incluir en la discusión y tramitación  del proyecto de ley llamado “Agenda Anti-delincuencia” los postergados temas y reformas de la carrera funcionaria de los trabajadores penitenciarios. Se hace presente que el proyecto de ley ingresado al Parlamento en enero de 2015 y actualmente discutido en la Cámara de Diputados,  permite el aumento de 4500 funcionarios de dotación, lo que si bien es un avance, no aborda las cuestiones estructurales de la carrera funcionaria.  La Secretaria de Estado se manifestó  proclive a abrir el debate y crear los espacios para discutir los planteamientos sobre estas materias.


En el mismo sentido, se planteo a la Ministra  la incertidumbre generada por la iniciativa instalada en el mismo proyecto de ley  que plantea una nueva institucionalidad para la reinserción social, y la inquietud que ha generado  en los trabajadores no uniformados de Gendarmería de Chile. Así Blanco aclaró que todo proceso de cambio se debe realizar con los trabajadores, por lo que no ingresará ninguna indicación al proyecto durante el año 2015, pues entiende cual es el sentido de una nueva institucionalidad, pero reconoce que lo genera mayor ansiedad son los eventuales cambios a la estructura orgánica institucional para lograr el objetivo de la reinserción. Finalmente la Ministra deja claro que Justicia esta desarrollando 48 iniciativas, además de la agenda de Probidad recientemente ingresada por la Presidenta de la República la que en contempla 18 iniciativas adicionales,  por lo que objetivamente este proyecto– el de la nueva institucionalidad de la reinserción- no sufrirá avances en el parlamento sin primero ser socializado con las partes interesadas y una vez elaborado con la más amplia participación será recién abordado el año 2016.  

miércoles, 20 de mayo de 2015

ANFUP SE REÚNE CON VICEPRESIDENTE DEL SENADO HONORABLE ALEJANDRO NAVARRO Y LE SOLICITAN AGILIZAR TRAMITACIÓN DE PROYECTO DE ASCENSOS DE GENDARMES Y MODIFICAR PROYECTO QUE AUMENTA LA DOTACIÓN DE GENDARMES AGREGANDO MATERIAS DE CARRERA FUNCIONARIA.



En las dependencias del Senado de la República de Chile su  Vicepresidente Honorable Alejandro Navarro recibió en audiencia a los directivos nacionales de ANFUP Oscar Martínez y Oscar Benavides, ocasión en la que los directivos nacionales le felicitaron por su nuevo cargo y abordaron allí también la problemáticas de la carrera funcionaria de los Gendarmes.

Así los directivos le manifestaron al  Presidente del Movimiento Amplio Social (MAS)  por un lado la necesidad de la pronta tramitación del proyecto de ley que permitiría destrabar el sistema de ascensos del personal de Gendarmería de Chile con el máximo de celeridad posible y esto dada la lata discusión  generada en el ministerio de hacienda, lo que ha extendido más aun la pronta tramitación del mecanismo de la reactivación de los sistemas de promisión de los trabajadores uniformados del sistema penitenciario. Y por otro, los temas estructurales y de fondo de la carrera funcionaria de los agentes penitenciarios Chilenos. 


En este sentido se manifestó al Honorable Senador la necesidad de modificar e intervenir el proyecto de ley ingresado al Parlamento en enero de este año por la Presidenta de la República denominado “Agenda Antidelincuencia”  y que para los efectos del sistema penitenciario aborda dos materias de impacto directo,  por un lado aumenta la dotación  de los gendarmes en 4500 para afrontar el eventual aumento de  la población penal, pero no considera los aspectos de carrera funcionaria  que por ejemplo, hoy  obligan al Estado a legislar por 3ra. vez en 7 años para destrabar los sistemas de promisión y ascenso. Y por otro lado,  la propuesta de una nueva visión de  institucionalidad para la reinserción y rehabilitación de los penados, iniciativa de la cual a la fecha no hay claridad en su planteamiento y que eventualmente podría afectar la estabilidad laboral de cientos de funcionarios no uniformados de la institución  y que han gatillado una serie de movilizaciones a nivel nacional en protesta por las eventuales  medidas propuestas al parlamento.

En este último punto, es necesario hacer presente  que si bien el proyecto  hace mención a esta intencionalidad política -de modificar la institucionalidad de de  reinserción-   no se hace presente allí como la plasmará. Más claro aún,  no se sabe si la nueva institucionalidad propuesta por el Gobierno será  mediante un proceso externalizado, con funcionarios del Estado o  con una mezcla de ambos.  Así las cosas  esta ambigüedad a creado gran malestar entre los trabajadores, principalmente  Gendarmes no uniformados, quienes hoy sienten  amenazadas sus fuentes laborales  y su arraigo institucional. En este sentido se manifestó al timonel del MAS e integrante del comité político de la Presidenta que rechazamos toda forma de externalización  de la función penitenciaria, entendimiento que la reinserción de los penados es una función y deber del Estado, que debe ser implementada y efectuada por los trabajadores del Estado.  




MINISTRO SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA JORGE INSUZA CONFIRMA QUE PROYECTO DE ASCENSOS DE LOS GENDARMES ES PRIORITARIO PARA EL GOBIERNO.


Así lo confirmó el Secretario de Estado a los Directivos Nacionales de Anfup Oscar Martinez y Oscar Benavides tras la maratónica jornada legislativa que término por aprobar la ley de creación del fondo de gastos de enfermedades de alto costo o ley Ricarte Soto.

De igual forma de se deslizó en la conversación que es la intención del Gobierno que la tramitación legislativa se realice con celeridad. Se aclaró además que al proyecto de ley le estaría faltando afinar los últimos detalles en el Ministerio de Hacienda, conversaciones retomadas entre Justicia y la DIPRES(dirección de presupuesto de hacienda) el pasado lunes 17 de mayo tras receso por cambio de Gabinete de la Presidenta de la República.
 

Los directivos insistieron en que el beneficio tenga carácter de retroactivo y que la solución de fondo al problema de la carrera funcionaria es integrar los contenidos propuestos en la mesa técnica de Gendarmería de Chile y que hoy se encuentran en calidad de propuesta en el Ministerio de Justicia, los que a juicio de los trabajadores penitenciarios deben ser incorporados en la discusión del megaproyecto de ley ingresado al parlamento por la Presidenta Bachellet en enero de este año y llamado la “Agenda antidelincuencia”, el que aborda un aumento de 4500 gendarmes de dotación, pero que no enfrenta los postergados temas de carrera funcionaria.

viernes, 8 de mayo de 2015

TIMONEL SOCIALISTA Y DIPUTADO OSVALDO ANDRADE SE REÚNE CON DIRECTIVOS ANFUP Y RECIBE PROPUESTA DE FORTALECIMIENTO DE LA CARRERA FUNCIONARIA.


A las 12.00 hrs. los Directivos Nacionales  Oscar Benavides y Felipe Rodríguez y de la Provincial ANFUP Cordillera  Luis Bustamante y Roberto Echevarría fueron recibidos por el presidente del Partido Socialista de Chile Diputado Osvaldo Andrade,  en una audiencia destinada a plantear las aspiraciones y proyectos de los trabajadores penitenciarios.

En la importante cita el Diputado Andrade fue informado de  los avances en generación de proyectos de Gendarmería de Chile  relacionados con el bienestar de los Gendarmes y del desarrollo institucional.   En este sentido se le manifestó la actual problemática generada por el estancamiento de los ascensos  y la  dilatación en la tramitación del proyecto de ley que permitiría la generación de promociones de grados.

En el mismos orden de ideas se hizo presente que la cuestión de la carrera funcionaria de los trabajadores de Gendarmería de Chile sigue siendo una materia plenamente vigente y que pese a los reconocibles esfuerzos en materia de incremento de personal de los Gobiernos de la Concertación -actual Nueva Mayoría- estas leyes no han sido capaces  de saldar una deuda pendiente  -referidos a la  regulación de la carrera funcionaria-.  Así por estos días los trabajadores del sistema penitenciario demandan del Estado un tercer proyecto del ley en los últimos 7 años que permita dar curso a los postergados ascensos del personal del sistema penitenciario y que enfrenta un verdadero cuello de botella por carecer de fluidez a causa de no contar con de los mecanismos que cautelen su funcionamiento en el tiempo.     Igual cosa pasa con los trabajadores no uniformados del sistema que demanda estabilidad laboral, pues un alto porcentaje de ellos se encuentran en condición de contrata o a honorarios, sin derecho a una carrera funcionaria.

En el acto se solicitó al Diputado Andrade, como a toda la colectividad del Partido Socialista apoyar el anteproyecto del ley que amplía las plantas institucionales el que se encuentra en proceso de evaluación y discusión en el Ministerio de Justicia, como también realizar las gestiones necesarias para agilizar el proyecto de ley que facultará al Director Nacional para eximir de los requisitos del ascenso y con ello posibilitando una cantidad cercana  a 2000 ascensos.

Finalmente los dirigentes solicitaron a la autoridad política  la instalación del anteproyecto de ley que “propone ampliar la planta de los funcionarios de Gendarmería de Chile y regular su carrera funcionaria”  por la vía de indicación sustitutiva  en la presente discusión parlamentaria, dado que los tiempos  de tramitación legislativa por un lado son acotados y que este proyecto anunciado por la Presidenta de la República podría recoger en su tramitación las aspiraciones de los trabajadores penitenciarios, transformándole con ello en un cuerpo legal integral y que en definitiva venga en abordar todas las aristas de la problemática carcelaria.


En el plano de lo local, los directivos provinciales de ANFUP  Cordillera expusieron la carencia de recursos para  la intervención de los internos al interior del Penal en el ámbito de Salud Mental, esto orientado a la disminución de los episodios de violencia. Siendo una de las necesidades más urgentes y graves la ausencia de una ambulancia para el traslado de los reclusos para atenciones de salud, que muchas veces han tendido que ser traslados en vehículos de los mismos funcionarios. Se hace presente que la Unidad Penal de Puente Alto es una de las más hacinadas del país con una  dotación de unos 2300 Internos altamente conflictivos. 

viernes, 24 de abril de 2015

ANFUP GOLPEA LA MESA Y EXIGE AL GOBIERNO PRONTA SOLUCIÓN A LA PROBLEMÁTICA DE LOS ASCENSOS. CONSEJO DE PRESIDENTES DE ANFUP DEMANDA RETROACTIVIDAD DEL BENEFICIO Y PERMANECÍA DE LA FACULTAD. MINISTRO GÓMEZ RECOGE EL GUANTE Y ADELANTA COMPROMISO E INGRESARÁ EL PROYECTO LOS PRIMEROS DÍAS DE MAYO DEL PRESENTE.

Así es, el Ministro de Justicia José Antonio Gómez se había comprometido en ingresar a tramitación el cuerpo legal hasta el 30 de junio,  finalmente, se adelanta casi dos meses y  la tramitación el cuerpo legal que permitiría destrabar sistema de ascensos de los Gendarmes ingresará al parlamento los primeros días del mes de mayo del presente.  Sin perjuicio de lo anterior y si bien ANFUP valora esta voluntad política, dejamos claro, que no existe claridad respecto si el derecho tendrá efecto retroactivo, ósea que se pague a contar de la fecha en que quedó disponible el cupo en la planta, como tampoco queda claro si esta facultad de eximir de los requisito de ascenso tendrá carácter de permanente.

Así las cosas dejamos claro la organización de trabajadores penitenciarios realizará las acciones necesarias para que Estado de Chile incluya en la tramitación legislativa la retroactividad del beneficio como justa compensación por las eventuales pérdidas del poder adquisitivo sufrida por los beneficiados al no poder acceder al derecho al ascenso y tan importante como esto, es que esta facultad tenga carácter de permanente pues se ha demostrado que la carrera funcionaria de los Gendarmes adolece de  fallas estructúrales que hacen que el fenómeno del estancamiento se repita, haciéndose presente que en los últimos 7 años se ha debido tramitar dos leyes en Gobiernos distintos para dar solución a la misma problemática, en el mismo orden de ideas exigiremos que la tramitación sea en calidad de urgencia suma, facultades todas del ejecutivo.

En este sentido fue el Consejo del Presidentes de ANFUP el que  el día jueves 23 de abril acuerda exigir del Estado de Chile la solución legislativa al tema en un texto remitido el mismo día al Ejecutivo y que finalmente ha terminado en el esperado anuncio. 


¿CUÁL ES EL NUDO DE CONFLICTO DEL SISTEMA DE ASCENSOS DE LOS TRABAJARES PENITENCIARIOS?:

Precisar que el mecanismos que cautelaba por impedir este tipo imperfecciones de la carrera  funcionaria - estacionamiento de ascensos-estaba contenido en el  artículo 27 del DFL. 1791, Estatuto del Personal de Gendarmería, y que fue derogado el año 2010, con la dictación de la ley 20.426.

El artículo 27 establecía que la autoridad facultada para conceder los ascensos, es decir, el Director Nacional de Gendarmería, por necesidades institucionales, podrá eximir por una sola vez en la carrera del cumplimiento de los requisitos establecidos en los N° 3 y 4 del artículo 26, esto es, haber aprobado los cursos que se establecen en los distintos  grados y los demás requisitos académicos (requisito modificado por la ley 20.426) y, especialmente el señalado en el número 4, como es, el de cumplir con el requisito de tiempo mínimo en el grado, cuando proceda.

En efecto, es especialmente este último punto el que ha traído mayores inconvenientes para el ascenso. Es así que en los últimos 8 años debido tramitar dos leyes para resolver el estancamiento de los ascensos cuando algunos de los funcionarios, y en desmedro de quienes sí los cumplen, no pueden ascender porque no reúnen el requisito de tiempo mínimo en el grado, aún cuando existan las vacantes disponibles para ello. Se trata de la leyes N° 20.306 de 14 de noviembre de 2008 y la ley N° 20.674 del 31 de mayo de 2013.

En otras palabras, existiendo vacantes, éstas no se proveerán si algunos de los funcionarios no cumple con los requisitos para ascender, toda vez, que lo anterior también debe estar relacionado con lo que dispone el artículo 28 del mismo cuerpo legal, el que señala que sólo se permitirá el ascenso cuando este no produzca alteración en el orden de antigüedad del personal de su escalafón.

Como se señaló, han sido dos las leyes que han posibilitado el destrabe de los ascensos cuando se ha presentado el inconveniente señalado precedentemente, pero eso sí, es importante señalar que ello igual ha generado un detrimento económico para el personal, especialmente cuando la tramitación de las leyes ha sido lenta, como sucedió especialmente con la segunda ley, la que demoró en su tramitación aproximadamente nueve meses, sin contar el tiempo desde que las correspondientes vacantes estaban disponibles, lo que hizo un tiempo total aproximado de dos años. Por qué se produce este detrimento, porque es precisamente la ley la que señala que se pagará el ascenso al nuevo grado una vez que esté tramitada totalmente la resolución en la Contraloría General de la República. En otras palabras, quienes sí cumplían con los requisitos y que por efecto del artículo 28 no pudieron ascender, perdieron la posibilidad de percibir retroactivamente el aumento remuneracional que significaba ascender al nuevo grado en el tiempo de producirse la vacante, situación que debiera ser lo normal y, no cuando estuviera tramitada la resolución de ascenso, ya que en este último caso se paga desde su total tramitación.

La derogación del artículo 27, norma que permitía a la autoridad facultada para otorgar los ascensos, para eximir, por una vez en la carrera, del cumplimiento de los requisitos, especialmente el relacionado con el tiempo mínimo de permanencia en el grado, fue fundamentada por el Ejecutivo, señalando que “la norma que se proponía derogar, había sido establecida en la última modificación al Estatuto y, en realidad, provocaba distorsiones y podía generar obstrucciones al ascenso de otros funcionarios, por cuanto al ascender quienes no cumplían los requisitos, daba lugar a que permanecieran en determinada ubicación de la planta sin poder continuar el ascenso, generando con ello verdaderos “cuellos de botella” que impedían el ascenso de quienes si cumplían con todas las exigencias”.

Sobre el particular, la fundamentación que se esgrimió para la derogación del artículo 27, creemos que no fue la más acertada, toda vez que no sería efectivo que este artículo provoque distorsiones u obstrucciones al ascenso. Por el contrario, permitía dar continuidad a la carrera funcionaria, dando fluidez a los ascensos, cuando por motivos extraordinarios respecto de funcionarios que no reunían los requisitos apara ascender, lo pudieran hacer efectivamente.

También, es preciso señalar que de acuerdo a las instancias históricas en que se aplicó dicha norma, siempre se utilizó con la limitante que dice relación con que la facultad otorgada en ningún caso podrá menoscabar el derecho de aquellos funcionarios que sí cumplen con los requisitos de ascenso, ni mucho menos producir alteración en el orden de antigüedad del personal de su escalafón.